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Herramienta gratuita · México 2026

Calculadora de PTU (reparto de utilidades)

Estima cuánto te corresponde del reparto de utilidades de tu empresa con el método de la Ley Federal del Trabajo y su tope legal.

¿Qué calcula esta herramienta?

Aplica el reparto que marca la ley: la mitad de la PTU se divide según los días trabajados por cada persona y la otra mitad según los salarios. Después aplica el tope del artículo 127, fracción VIII: tres meses de salario o el promedio de lo recibido en los últimos tres años, lo que te convenga más.

Cómo utilizarla

Escribe el monto total de PTU que reparte la empresa y los totales de días y salarios de toda la plantilla (vienen en el proyecto de reparto que la empresa debe mostrar). Luego tus propios días, tu salario del año y tu sueldo mensual.

Fórmula o método

PTU por días = (monto ÷ 2) ÷ días de todos × tus días. PTU por salario = (monto ÷ 2) ÷ salarios de todos × tu salario. Tope = el mayor entre 3 meses de salario y el promedio de los últimos 3 años.

Cómo interpretar el resultado

Las empresas reparten el 10 % de su renta gravable del año anterior. Las personas morales pagan a más tardar el 30 de mayo y las personas físicas con actividad empresarial el 29 de junio.

Desde la reforma de 2021, la PTU de cada trabajador no puede superar tres meses de su salario o el promedio de los últimos tres años. Está exenta de ISR hasta 15 UMA ($1,759.65 en 2026).

Ejemplo práctico

Una empresa reparte $500,000. Su plantilla sumó 9,000 días y $3,600,000 en salarios. Si trabajaste 365 días y ganaste $144,000 en el año: por días recibes $250,000 ÷ 9,000 × 365 = $10,138.89 y por salario $250,000 ÷ 3,600,000 × 144,000 = $10,000. Total: $20,138.89, por debajo del tope de tres meses ($36,000).

Datos vigentes para 2026

Porcentaje que reparte la empresa10 % de la renta gravable
Reparto50 % por días, 50 % por salarios
Tope individual3 meses de salario o promedio de 3 años
Fecha límite personas morales30 de mayo
Fecha límite personas físicas29 de junio
Exento de ISR15 UMA = $1,759.65

Importante: el resultado es una estimación informativa basada en la ley vigente y en los datos que escribes. Para un trámite, una negociación o un juicio, confirma tu caso con tu empresa, un contador o la PROFEDET.

Guía paso a paso

Cómo se reparte la PTU

La ley define quién participa, con qué datos y en qué plazos. Esto te ayuda a revisar el proyecto de reparto de tu empresa.

Quién tiene derecho

Los trabajadores de planta y los eventuales que hayan trabajado al menos 60 días en el año. No participan directores, administradores y gerentes generales; los trabajadores de confianza participan con un salario topado (art. 127 LFT).

Qué días cuentan

Los días trabajados en el año, incluidos los de incapacidad por maternidad y por riesgo de trabajo.

Qué salario se usa

La cuota diaria pagada en efectivo: sin horas extra, gratificaciones ni otras prestaciones (art. 124 LFT).

Cómo revisar el reparto

La empresa debe entregar copia de su declaración anual y formar una comisión mixta que elabora el proyecto de reparto. Si no estás de acuerdo, puedes presentar objeciones o acudir a la PROFEDET.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga la PTU en 2026?

A más tardar el 30 de mayo si la empresa es persona moral y el 29 de junio si es persona física.

¿Cuántos días necesito haber trabajado para recibir PTU?

Si eres eventual, al menos 60 días en el año. Los trabajadores de planta participan con los días que hayan trabajado.

¿Cuál es el tope de la PTU?

Tres meses de tu salario o el promedio de PTU de los últimos tres años, lo que sea más favorable para ti.

¿Cuánto de la PTU está exento de ISR?

Hasta 15 veces la UMA diaria: $1,759.65 en 2026.

¿Por qué mi empresa no reparte utilidades?

Puede que no haya tenido renta gravable o que esté exenta, como las empresas de nueva creación en su primer año.

¿Dónde consigo los totales de días y salarios?

En el proyecto de reparto que la comisión mixta debe exhibir en el centro de trabajo.

Lectura recomendada

Reparto de utilidades (PTU): cómo se calcula, cuándo se paga y cuánto paga de ISR

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Otras calculadoras laborales y de nómina.

Revisión y referencias

Última revisión: octubre de 2026, con salario mínimo, UMA y tarifas vigentes en 2026. Publicado y revisado por el equipo de CalculaFácil. Fuentes oficiales: Artículos 117 a 131 de la Ley Federal del Trabajo; artículo 93, fracción XIV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta; UMA 2026 de INEGI (UMA). Si encuentras un error, escríbenos desde Contacto. Cómo trabajamos: política editorial.