Calculadora de pago por día festivo trabajado
Si trabajas el 25 de diciembre, el 1 de enero o cualquier día de descanso obligatorio, te deben pagar el triple. Calcula cuánto es con tu salario.
✓ Cifras actualizadas a 2026 · Revisado el 26 de octubre de 2026
¿Qué calcula esta herramienta?
Aplica los artículos 71, 73, 74 y 75 de la Ley Federal del Trabajo: el pago adicional de un salario doble cuando trabajas un día de descanso obligatorio o tu descanso semanal, y la prima dominical del 25 % cuando trabajas en domingo.
Cómo utilizarla
Escribe tu salario y elige si es diario, semanal, quincenal o mensual. Elige qué día trabajaste y, si fue domingo, márcalo. Si trabajaste varios días así, escribe cuántos.
Fórmula o método
Día festivo o de descanso trabajado = salario diario + 2 × salario diario. Prima dominical = 25 % del salario diario. El salario diario es el mensual entre 30, el quincenal entre 15 o el semanal entre 7.
Cómo interpretar el resultado
El total ya incluye tu salario normal de ese día, que de todos modos te tocaba. Lo que se agrega a tu pago es el salario doble (y la prima dominical si aplica). Si ganas $300 diarios, por trabajar un festivo te pagan $900 ese día: $300 normales y $600 adicionales.
La ley calcula este pago por día, con base en tu salario diario, no por horas. Si tu contrato o tu contrato colectivo te dan algo mejor, se aplica lo que te favorezca.
Ejemplo práctico
Ganas $9,000 al mes, es decir $300 diarios, y te toca trabajar el viernes 25 de diciembre. Te pagan $300 de tu salario normal más $600 de salario doble: $900 por ese día. Si además trabajas el viernes 1 de enero, son otros $900.
Si el festivo cayera en domingo, sumarías la prima dominical de $75: $975 por el día.
Datos vigentes para 2026
| Pago por festivo trabajado | Salario del día + salario doble (triple en total) |
|---|---|
| Pago por descanso semanal trabajado | Salario del día + salario doble |
| Prima dominical | Al menos 25 % del salario diario |
| Días de descanso obligatorio | 1 ene, 1.er lunes de feb, 3.er lunes de mar, 1 may, 16 sep, 3.er lunes de nov, 25 dic y elecciones federales y locales |
| Salario mínimo general 2026 | $315.04 diarios |
Importante: el cálculo aplica la Ley Federal del Trabajo para trabajadores con patrón. Los trabajadores del gobierno, con contrato colectivo o en sectores con reglas propias pueden tener condiciones distintas o mejores; revisa tu contrato.
¿Cuánto me pagan por trabajar un día festivo? Tabla por salario
Pago total de ese día, ya con el salario normal incluido. La prima dominical solo se suma si el día cae en domingo.
| Salario diario | Festivo trabajado | Festivo en domingo | Domingo normal |
|---|---|---|---|
| $300.00 | $900.00 | $975.00 | $375.00 |
| $400.00 | $1,200.00 | $1,300.00 | $500.00 |
| $500.00 | $1,500.00 | $1,625.00 | $625.00 |
| $700.00 | $2,100.00 | $2,275.00 | $875.00 |
| $1,000.00 | $3,000.00 | $3,250.00 | $1,250.00 |
Días de descanso obligatorio que vienen
| Fecha | Motivo |
|---|---|
| lunes 16 de noviembre de 2026 | Revolución Mexicana (tercer lunes de noviembre) |
| viernes 25 de diciembre de 2026 | Navidad |
| viernes 1 de enero de 2027 | Año nuevo |
| lunes 1 de febrero de 2027 | Día de la Constitución (primer lunes de febrero) |
| lunes 15 de marzo de 2027 | Natalicio de Benito Juárez (tercer lunes de marzo) |
| sábado 1 de mayo de 2027 | Día del Trabajo |
| jueves 16 de septiembre de 2027 | Día de la Independencia |
| lunes 15 de noviembre de 2027 | Revolución Mexicana (tercer lunes de noviembre) |
| sábado 25 de diciembre de 2027 | Navidad |
El 24 y el 31 de diciembre no son días de descanso obligatorio: si trabajas, se pagan normal salvo que tu contrato diga otra cosa.
Cómo calcular el pago de un día festivo trabajado
Son tres pasos y ningún descuento: lo que la ley pide es pagar más, no menos.
1. Saca tu salario diario
Si te pagan por mes, divide entre 30; por quincena, entre 15; por semana, entre 7. Con $12,000 al mes, tu salario diario es $400.
2. Identifica qué día trabajaste
Los días de descanso obligatorio del artículo 74 se pagan triple. Tu día de descanso semanal también, por el artículo 73. Un domingo que forma parte de tu jornada normal solo lleva la prima dominical del 25 %.
3. Suma lo que corresponde
Festivo o descanso: salario diario × 3. Domingo normal: salario diario × 1.25. Si un festivo cae en domingo, se suman las dos cosas: × 3.25.
¿Me pueden obligar a trabajar un festivo?
El artículo 75 dice que trabajadores y patrón acuerdan quiénes trabajarán ese día; si no se ponen de acuerdo, decide la autoridad laboral, y quienes queden designados deben trabajar con el pago triple. En tu día de descanso semanal, en cambio, no estás obligado a trabajar (artículo 73).
Errores frecuentes
- Pagar solo el doble: el doble es lo adicional, el total es el triple.
- Pensar que el 24 o el 31 de diciembre son festivos oficiales: no lo son.
- Calcular el festivo por horas: la ley lo mide en salarios diarios.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me pagan si trabajo el 25 de diciembre?
El triple de tu salario diario: tu salario normal más un salario doble. Si ganas $400 diarios, te pagan $1,200 ese día.
¿El 1 de enero se paga triple?
Sí. Es día de descanso obligatorio según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, y si lo trabajas te pagan el salario del día más un salario doble.
¿El 24 y el 31 de diciembre se pagan doble?
No. No son días de descanso obligatorio, así que se pagan normal, salvo que tu contrato o tu empresa den algo más.
¿Qué es la prima dominical?
Un pago extra de al menos 25 % de tu salario diario por trabajar en domingo (artículo 71 de la LFT).
¿Si trabajo mi día de descanso me pagan triple?
Sí: te pagan tu salario más un salario doble por el servicio (artículo 73), y tu patrón no puede obligarte a trabajarlo.
¿Si el festivo cae en mi día de descanso?
Si no lo trabajas, solo recibes tu salario normal de ese día. Si lo trabajas, recibes el pago triple.
Lectura recomendada
Días festivos oficiales en México 2026 y 2027
Horas extra: cuánto te deben pagar
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Revisión y referencias
Última revisión: octubre de 2026, con salario mínimo y UMA vigentes en 2026. Publicado y revisado por el equipo de CalculaFácil. Fuentes: Ley Federal del Trabajo, artículos 71, 73, 74 y 75; CONASAMI (salarios mínimos). Si encuentras un error, escríbenos desde Contacto.